INSTITUCIONAL
Comisiones
Para un mejor funcionamiento, se organiza en distintas Comisiones (Derechos Humanos, Científica, Niñez, Especialidades y Obras Sociales) que se sostienen con la participación de los matriculados desde las cuales se realizan actividades de formación, divulgación, investigación, asesoramiento y representación.
Competencias:
El Colegio de Psicólogos, Regula el ejercicio profesional de la psicología. El distrito IX comprende las localidades de Adolfo González Chaves, Juárez, Lobería, Necochea, San Cayetano, Tres Arroyos, y tiene su sede en la ciudad de Necochea. El número de matriculados asciende a un total de 300. Le competen las funciones establecidas en el artículo 21 de la Ley provincial N° 10.306 de Ejercicio Profesional:
- El gobierno de la matrícula de los Psicólogos que ejercen en el Distrito.
- Asegurar el correcto y regular ejercicio de la profesión por los colegiados, en el resguardo de la población estimulando la armonía y solidaridad profesional.
- Procurar la defensa y protección de los Psicólogos en su trabajo y remuneración ante toda clase de Instituciones asistenciales o de previsión y para toda forma de prestación de servicios públicos o privados.
- Defender, a petición del colegiado, su legítimo interés profesional, tanto en su aspecto general, como en las cuestiones que pudieran suscitarse con las entidades patronales, estatales o privadas, para asegurarle el libre ejercicio de la profesión.
- Velar por el fiel cumplimiento de las normas de ética profesional.
- Ejercer poder disciplinario sobre los Psicólogos en su jurisdicción o de aquellos que, sin pertenecer a la misma, sean pasibles de sanciones por actos profesionales realizados en el Distrito.
- Reconocer el ejercicio de las especialidades y autorizar el uso del título correspondiente de acuerdo a lo que establezca la Reglamentación respectiva.
- Instituir becas anuales tomadas del Fondo de la Cooperativa para contribuir a la redistribución de profesionales Psicólogos y cuando no haya sido posible lograr lo establecido en el artículo 15 inciso f).
- Fiscalizar los avisos, anuncios, y toda forma de propaganda que efectúen los Psicólogos según lo establezca la Reglamentación respectiva.
- Combatir y perseguir el ejercicio ilegal de la profesión, denunciando a quien lo haga.
- Colaborar con las autoridades con informes, estudios, proyectos y demás trabajos relacionados con la profesión y la legislación en la materia.
- Promover o participar por medio de delegaciones en reuniones, conferencias o congresos, a los fines del inciso anterior.
- Fundar y sostener bibliotecas preferentemente de carácter psicológico, publicar revistas y fomentar el perfeccionamiento profesional.
- Instituir becas o premios de estímulo para ser adjudicados en los concursos, trabajos, e investigaciones de carácter científico.
- Establecer y mantener vinculaciones con las entidades profesionales de todo el país y del extranjero, gremiales y científicas.
- Promover la creación de Cooperativas de Psicólogos.
- Aceptar arbitrajes y contestar las consultas que se les sometan.
- Proponer al Consejo Superior del Colegio de Psicólogos de la Provincia los proyectos de reglamentación que entienda útiles para el mejor funcionamiento de los Colegios de Distrito.
- Recaudar los fondos que hace referencia el inciso q) del artículo 15° y ponerlos a disposición del Colegio Provincial.
- Administrar sus fondos.
- Establecer anualmente el cálculo de ingresos y Presupuesto de Gastos en la forma que determina el Reglamento y de cuya aplicación se dará cuenta a la Asamblea.
- Adquirir, vender y administrar bienes inmuebles, muebles y semovientes; donar y aceptar donaciones y legados, constituir gravámenes y solicitar préstamos bancarios.
- Extender la habilitación del consultorio, estudio o lugar de tareas profesionales que deberá estar instalado de acuerdo a las exigencias de su práctica profesional.
- La habilitación a que hace referencia el inciso anterior se otorgará de acuerdo a la reglamentación que se estipule.